El lunes 4 de mayo de 2020 se ha publicado la 6ª versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020 donde incluyen cambios en materia de contribuciones fiscales y declaraciones, también se añadieron ajustes en el Complemento Servicios de Plataformas Tecnológicas que podrás consultar aquí.
De las siguientes 3 reglas aquí descritas, se considera que la presentación de la declaración se realizará a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago y de acuerdo con la “Guía de llenado de la declaración” [Descargar Guía en PDF].
Fiscalización durante la Pandemia del COVID-19 en México
Sin dejar de considerar que la salud es un tema de vital importancia para todos en la actualidad a causa de lapandemia que mundialmente se atraviesa, debemos todos reacomodar las prioridades, por tanto, en materia de trámites, registros, declaraciones y demás servicios que consideren a través de la secretaría de hacienda o el SAT han sido replanteadas disposiciones de vigencia temporal por la activación de la fase 3 en la que a nivel nacional ha sido declarada e implica quedarnos en casa por más tiempo, las disposiciones más importantes que se presentan son:
Si deseas consultar personalmente la información integral que ha sido publicada, visita el siguiente enlace oficial:
https://www.sat.gob.mx/normatividad/58905/versiones-anticipadas-de-las-rmf
Identifica el Anexo 6 de la lista normativa de cambios.
Puedes también directamente dar clic aquí para descargar el Anexo 6 en formato PDF.
Es importante confirmar que los enlaces incluidos son solo fuentes oficiales SAT, todo el contenido es en materia contable, fiscal y no interviene en procesos declarativos o estructurales de los CFDIs estipulados por secretaría de hacienda vigentes al 2020, no afecta al Anexo 20.
Todo aquel contribuyente con dudas sobre esta información deberá apoyarse con agentes fiscales del SAT por las siguientes vías de contacto, o bien comentarlo con su equipo contable de respaldo a las obligaciones que se deben cumplir.
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