Prórroga para el Complemento de Pagos

Retrasa SAT fecha para el uso obligatorio del Complemento de Pagos

El día 16 de Febrero de 2018 se actualizó el proyecto de la 1ª RM a la RMF para 2018. En él se indica que los contribuyentes tienen hasta el día 31 de Agosto de 2018 para emitir sus CFDI sin el Complemento de Recepción de Pagos. A partir del día 1 de Septiembre de 2018, es obligatorio su uso en los casos que corresponde.

Esta información está disponible en la página del SAT en el siguiente enlace:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/RMF_2018_versiones_anticipadas.aspx

Podemos apreciar el siguiente texto que hace mención de dicha reforma:

TERCERO. Se reforma el Artículo Séptimo Transitorio de la RMF para 2018 publicada en el DOF el 22 de diciembre de 2017, para quedar como sigue:

Séptimo Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.

Si deseas conocer más sobre el Complemento de Pagos y en qué casos deberías usarlo, haz clic aquí.

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